Pensión Bienestar Adultos Mayores 2026: requisitos y cómo registrarte

En esta guía
- ¿Qué requisitos piden para la Pensión de Adultos Mayores?
- ¿Puedo cobrarla si ya tengo pensión del IMSS o del ISSSTE?
- ¿Qué documentos necesito para registrarme?
- ¿Cómo me registro paso a paso?
- ¿Qué piden para registrar a una persona auxiliar?
- ¿Por qué pueden retener o dar de baja la pensión?
- Preguntas frecuentes
Los requisitos de la Pensión Bienestar para Adultos Mayores en 2026 son tener 65 años cumplidos, ser mexicano por nacimiento o naturalización y vivir en México, según las Reglas de Operación publicadas en el DOF el 12 de febrero de 2026. Te registras en persona en un Módulo del Bienestar con acta de nacimiento, identificación, CURP y comprobante de domicilio.
La pensión es de $6,400 bimestrales y es universal: no importa si ya tienes pensión del IMSS o del ISSSTE.
¿Qué requisitos piden para la Pensión de Adultos Mayores?
Piden tres criterios de elegibilidad y nada más. Las reglas aclaran que la edad se considera cumplida dentro del bimestre de incorporación.
- Tener 65 años o más (si los cumples dentro del bimestre en que te registras, cuenta).
- Nacionalidad mexicana por nacimiento o naturalización.
- Domicilio actual en la República Mexicana.
No hay requisito de ingresos, de semanas cotizadas ni de no tener otra pensión.
¿Puedo cobrarla si ya tengo pensión del IMSS o del ISSSTE?
Sí. Las Reglas de Operación 2026 de la Pensión de Adultos Mayores solo piden 65 años o más, nacionalidad mexicana y vivir en México (numeral 3.3.1); no excluyen a quien recibe una pensión por jubilación del IMSS, del ISSSTE u otra institución.
- Son pagos independientes: la del IMSS o ISSSTE viene de tus años de cotización y la del Bienestar es un programa universal, así que una no descuenta a la otra.
- La regla que excluía a quien tenía pensión contributiva ya no existe: según los antecedentes de las mismas reglas, entre 2013 y 2018 el programa dejaba fuera a quien recibía más de $1,092 mensuales por jubilación.
- Lo que no se permite es estar registrado dos veces en el Bienestar: eso es duplicidad y causa retención del pago.
Te registras igual que cualquier persona, con los documentos de abajo. Más casos, como Pemex o Fuerzas Armadas, en Pensión Bienestar y pensión del IMSS o ISSSTE; si eres mujer de 60 a 64, revisa Mujeres Bienestar si cobras IMSS.
¿Qué documentos necesito para registrarme?
Necesitas cuatro documentos en original y copia, más el Formato Único de Bienestar que se llena en el módulo (numeral 3.3.2 de las Reglas de Operación).
Documento | Detalle oficial |
|---|---|
Acta de nacimiento | Legible |
Identificación vigente | INE; si no tienes, pasaporte, credencial INAPAM u otro documento de identidad oficial |
CURP | De impresión reciente |
Comprobante de domicilio | Máximo 6 meses: luz, gas, agua, predial o teléfono fijo; o constancia de residencia de la autoridad local |
Teléfono de contacto | Celular y de casa; por ahí te avisan |
Si te falta un documento por causa de fuerza mayor, no te quedas fuera: las reglas permiten un escrito bajo protesta de decir verdad, firmado ante dos testigos, que explique cuál falta y por qué. Más opciones de comprobante en comprobantes de domicilio que acepta Bienestar y la lista completa en documentos para tramitar la pensión.
¿Cómo me registro paso a paso?
El registro es presencial y solo durante periodos de incorporación. Así funciona según el portal oficial y las reglas:
- Espera a que se abra un periodo de registro. Al 7 de octubre de 2026 no hay fecha publicada; el portal indica que las convocatorias se abren a lo largo del año.
- Ubica tu módulo en ubicatumodulo.bienestar.gob.mx o con esta guía.
- Lleva tus documentos y, si quieres, los de tu persona auxiliar.
- Espera la validación. Las reglas fijan un plazo máximo de dos meses para informarte el resultado.
- Recibe el aviso para recoger tu Tarjeta del Bienestar. El pago corre a partir del bimestre de incorporación.
Si es tu primera vez, revisa también cómo tramitar la pensión por primera vez y cuándo empiezas a cobrar.
¿Qué piden para registrar a una persona auxiliar?
Para la persona auxiliar las Reglas de Operación 2026 piden identificación oficial vigente, CURP, comprobante de domicilio de máximo seis meses y el Formato Único de Bienestar. Debe ser mayor de edad y no tiene que ser familiar.
La auxiliar puede hacer trámites por ti, recibir la pensión si no puedes acudir y cobrar el Pago de Marcha de $3,200 si falleces. Pasos en registrar a la persona auxiliar.
¿Por qué pueden retener o dar de baja la pensión?
Las reglas prevén retención, luego suspensión y al final baja, cada paso tras dos bimestres sin resolver. Las causas más comunes:
Causa | Qué hacer |
|---|---|
Datos de identificación inconsistentes o CURP sin actualizar ante RENAPO | Corregir en el módulo con el Formato Único de Bienestar |
No te localizan en dos visitas, en días y horarios distintos | Acudir al módulo; avisa cualquier cambio de domicilio |
No recoger tu tarjeta o, si cobras en efectivo, no cobrar dos veces seguidas | Presentarte o mandar a tu auxiliar |
Registro duplicado o cobro simultáneo | Aclarar en el módulo |
Cambio de residencia al extranjero | Baja definitiva |
Puedes pedir la reactivación en cualquier momento del año; las reglas dan hasta dos meses para aplicarla.
Preguntas frecuentes
¿Puedo registrarme por internet o por teléfono?
No hay registro en línea. El alta es presencial en el Módulo del Bienestar; si la persona no puede salir de casa por enfermedad o discapacidad, un familiar puede pedir la visita domiciliaria.
¿Necesito la credencial INAPAM?
No es obligatoria. Solo sirve como identificación si no tienes INE.
¿Cuánto cuesta el trámite?
Nada. Las reglas establecen que cualquier trámite es sin costo. Quien te cobre es un gestor falso.
¿Ya registrado, qué otro trámite me conviene?
La Credencial del Servicio Universal de Salud: el registro para derechohabientes de Adultos Mayores sigue abierto en los Módulos del Bienestar hasta el 14 de noviembre de 2026.
Fuentes oficiales consultadas
- Reglas de Operación 2026, Pensión Adultos Mayores (DOF, 12 feb 2026) · consultado el 7 de octubre de 2026
- Programas para el Bienestar: Pensión para Personas Adultas Mayores · consultado el 7 de octubre de 2026
- Programas para el Bienestar: calendario de pagos septiembre-octubre 2026 (31 ago 2026) · consultado el 7 de octubre de 2026


