La Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente paga $1,650 pesos mensuales en 2026, entregados en un solo depósito bimestral de $3,300 pesos directo a la Tarjeta Bienestar. Pueden registrarse personas con discapacidad permanente de 0 a 29 años en cualquier estado, y de 30 a 64 años solo en municipios de alta marginación o en las 24 entidades con Convenio de Universalización firmado.
Aquí explicamos, con base en las Reglas de Operación 2026 publicadas en el Diario Oficial de la Federación, quién califica, qué documentos se piden, cómo fue el registro de este año y qué hacer si tu caso no encajó en la convocatoria de marzo.
¿Cuánto da la Pensión por Discapacidad en 2026?

El monto para el ejercicio fiscal 2026 es de $1,650.00 MXN al mes, pero no se paga mes con mes: se deposita cada dos meses en un solo pago de $3,300.00 MXN, directo a la Tarjeta Bienestar del Banco del Bienestar, sin intermediarios. El monto se actualizará a partir de 2027.
Este apoyo es un derecho reconocido en el artículo 4o. de la Constitución desde el decreto del 8 de mayo de 2020. El programa fue creado en 2019 por el Gobierno de México, según la información oficial de la Secretaría de Bienestar; el monto exacto con el que arrancó ese primer año no está confirmado en fuentes oficiales consultadas para este artículo.
¿Quién puede recibir la pensión en 2026? Requisitos
Según el numeral 3.2 de las Reglas de Operación 2026, para entrar al programa necesitas ser mexicana o mexicano por nacimiento o naturalización, tener domicilio en territorio nacional, contar con una discapacidad permanente, y cumplir con uno de estos tres casos de edad y ubicación:
| Edad | ¿Dónde aplica? |
|---|---|
| 0 a 29 años cumplidos | Cualquier entidad del país, sin importar el municipio |
| 30 a 64 años | Municipios o localidades indígenas, afromexicanas, o de alto o muy alto grado de marginación |
| 30 a 64 años | Entidades federativas con Convenio de Universalización firmado con la Federación |
Si tienes entre 30 y 64 años y no vives en un municipio marginado ni en un estado con convenio, por ahora no calificas para esta pensión específica, aunque sí puedes consultar si aplicas a otro programa de Bienestar.
Orden de prioridad para la incorporación
Cuando hay más solicitudes que lugares disponibles en un periodo, la Secretaría de Bienestar incorpora a las personas siguiendo este orden (numeral 3.3 de la ROP 2026):
- Niñas, niños, adolescentes y jóvenes de 0 a 29 años.
- Personas de 30 años hasta un día antes de cumplir 65, que vivan en municipios o localidades indígenas, afromexicanas o de alto/muy alto grado de marginación.
- Personas de 30 años hasta un día antes de cumplir 65, que residan en una entidad con Convenio de Universalización firmado.
El certificado médico de discapacidad NO tiene que ser específicamente del IMSS o del ISSSTE. Las Reglas de Operación 2026 piden un certificado o constancia emitido por “alguna institución pública del sector salud federal, estatal o municipal” — es decir, también sirve uno de un hospital estatal, un centro de salud municipal o del DIF, entre otros.
Documentos que necesitas para registrarte
Para la persona con discapacidad (solicitante), se piden estos seis documentos:
- Acta de nacimiento.
- Identificación oficial vigente (credencial para votar; a falta de esta, pasaporte vigente, credencial del INAPAM u otro documento oficial que acredite identidad).
- CURP.
- Certificado o constancia médica que acredite la discapacidad permanente, emitido por una institución pública del sector salud federal, estatal o municipal.
- Comprobante de domicilio con máximo 6 meses de antigüedad (o constancia de residencia expedida por la autoridad local).
- Formato de Registro Personas con Discapacidad debidamente llenado (Anexo 2 de las Reglas de Operación).
Si la persona con discapacidad no puede acudir sola o requiere apoyo, también se registra a una persona auxiliar, presentando: acta de nacimiento, identificación oficial vigente, CURP, comprobante de domicilio (máximo 6 meses) y el mismo Formato de Registro Personas con Discapacidad.
¿Quién puede ser la persona auxiliar?
La persona auxiliar debe ser mayor de edad. Puede ser:
- Un familiar en cualquier grado ascendente o descendente (madre, padre, hija, hijo, abuela, nieto, hermana, hermano, etc.).
- La persona cónyuge o en unión libre (concubinato).
- Una persona tutora o responsable del cuidado de la persona beneficiaria.
- Cualquier otra persona designada por quien recibe la pensión, sin necesidad de que exista parentesco.
Si necesitas cambiar quién funge como persona auxiliar, el trámite se explica en cómo registrar o cambiar la Persona Auxiliar Bienestar.
Registro 2026: cuándo fue y cómo funcionó
El registro nacional para la Pensión por Discapacidad de 2026 se realizó del 23 al 29 de marzo de 2026, en módulos habilitados en todo el país, de lunes a domingo, de 10:00 a 16:00 horas. Se organizó por calendario según la primera letra del apellido:
| Día | Apellidos con letra |
|---|---|
| Lunes 23 de marzo | A, B, C |
| Martes 24 de marzo | D, E, F, G, H |
| Miércoles 25 de marzo | I, J, K, L, M |
| Jueves 26 de marzo | N, Ñ, O, P, Q, R |
| Viernes 27 de marzo | S, T, U, V, W, X, Y, Z |
| Sábado 28 y domingo 29 de marzo | Todas las letras |
En ese registro se pedía identificación oficial vigente, CURP con impresión reciente, acta de nacimiento legible, comprobante de domicilio no mayor a 6 meses, certificado de discapacidad emitido por una institución pública de salud, y teléfono de contacto (celular y de casa).
Hasta la fecha de esta publicación (24 de agosto de 2026) no hay un anuncio oficial de una nueva jornada de registro para la Pensión por Discapacidad. Si ves en redes sociales o WhatsApp una convocatoria a “nuevo registro” con fecha distinta a la anunciada por la Secretaría de Bienestar en gob.mx, desconfía: verifica siempre en fuentes oficiales antes de acudir a cualquier módulo.

Entrega de la Tarjeta Bienestar
Para quienes se registraron en marzo de 2026, la entrega de las Tarjetas Bienestar se realizó del 13 al 20 de mayo de 2026. A cada persona registrada se le envió un mensaje de texto (SMS) con el día, la hora y el lugar donde debía recoger su tarjeta; también se podía consultar el estatus con la CURP en gob.mx/bienestar.
Para recoger la tarjeta era obligatorio presentar identificación oficial con fotografía (original y copia) y el comprobante de trámite entregado al momento del registro.
¿En qué estados es universal la pensión (0 a 64 años)?
En 24 entidades del país, la Pensión por Discapacidad es universal de 0 a 64 años gracias a Convenios de Universalización firmados entre la Federación y los gobiernos estatales: Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Colima, Ciudad de México, Guerrero, Hidalgo, México, Michoacán, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán y Zacatecas. También es universal en todos los pueblos y comunidades indígenas del país, sin importar el estado.
En los 8 estados que a la fecha no tienen convenio firmado —Aguascalientes, Coahuila, Chihuahua, Durango, Guanajuato, Jalisco, Nuevo León y Querétaro— el registro general sigue limitado a personas de 0 a 29 años, salvo en los municipios o localidades indígenas, afromexicanas o de alto/muy alto grado de marginación dentro de esos mismos estados, donde sí aplica hasta los 64 años. Puedes revisar el detalle en Estados con Pensión de Discapacidad Universal 2026.
Apoyo en especie: rehabilitación para menores de 18 años
Además del apoyo económico, las personas beneficiarias de 0 a 17 años que necesiten servicios de rehabilitación pueden solicitar la “Credencial de Rehabilitación para el Bienestar”, válida en instituciones públicas o privadas acreditadas por el Sistema Nacional de Salud que tengan convenio firmado con la Secretaría de Bienestar.
Pago de Marcha: si la persona beneficiaria fallece
Cuando fallece la persona derechohabiente, la persona auxiliar registrada puede solicitar el “Pago de Marcha”, un apoyo único de $1,650.00 MXN. Debe pedirse dentro de los dos bimestres siguientes al fallecimiento, presentando identificación oficial y el acta de defunción o una constancia médica que certifique el deceso. Los detalles completos están en Pago de Marcha Bienestar 2026: requisitos y cómo cobrar.

¿Qué pasa cuando la persona beneficiaria cumple 65 años?
Cuando una persona beneficiaria cumple 65 años dentro del bimestre correspondiente, pasa de forma automática, previa validación, al Padrón del Programa Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores. No es necesario hacer un trámite de baja y otro de alta por separado.
Corrección de datos, baja voluntaria y reactivación
El registro al programa es un proceso que sigue abierto durante todo el ejercicio fiscal para trámites específicos: corregir información faltante o incorrecta, solicitar una baja voluntaria, o reactivar el registro. Según la ROP 2026, la corrección de datos puede solicitarse “en cualquier momento del ejercicio fiscal”.
Dónde pedir ayuda o resolver dudas
- Línea de Bienestar: 800 639 42 64. Lunes a viernes de 8:00 a 21:00 horas; fines de semana y días festivos de 9:00 a 13:00 horas.
- Correo: [email protected]
- Atención Ciudadana (CDMX): Avenida Paseo de la Reforma No. 116, Piso 10, Colonia Juárez, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06600. Lunes a viernes de 9:00 a 18:00 horas.
- Denuncias contra servidores públicos: 55 5328-5000, extensiones 51416, 51432 y 51424; larga distancia sin costo 800-714-8340; correo [email protected].
La ubicación de los módulos de atención del programa puede consultarse en la página oficial gob.mx/bienestar/documentos/personas-con-discapacidad-250279. Si necesitas orientación general para encontrar el módulo más cercano, revisa también Cómo ubicar el Módulo del Bienestar más cercano a ti.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto da la Pensión por Discapacidad en 2026?
Da $1,650.00 pesos mensuales, pero se paga de forma bimestral en un solo depósito de $3,300.00 pesos a la Tarjeta Bienestar. El monto se actualizará a partir de 2027, según las Reglas de Operación 2026.
¿Quién tiene derecho a la Pensión por Discapacidad en 2026?
Personas mexicanas con discapacidad permanente y domicilio en México, de 0 a 29 años en cualquier estado, o de 30 a 64 años si viven en un municipio de alta marginación, indígena o afromexicano, o en una de las 24 entidades con Convenio de Universalización firmado.
¿Qué documentos necesito para registrarme?
Acta de nacimiento, identificación oficial vigente, CURP, certificado médico de discapacidad emitido por una institución pública de salud, comprobante de domicilio de máximo 6 meses, y el Formato de Registro Personas con Discapacidad (Anexo 2).
¿Puedo registrarme si tengo entre 30 y 64 años y no vivo en un municipio marginado?
Solo si tu estado tiene Convenio de Universalización firmado con la Federación. Hay 24 entidades con convenio; en los 8 estados sin convenio (Aguascalientes, Coahuila, Chihuahua, Durango, Guanajuato, Jalisco, Nuevo León y Querétaro), el registro general de 30 a 64 años solo aplica en municipios o localidades indígenas, afromexicanas o de alta marginación.
¿Qué pasa si la persona beneficiaria fallece?
La persona auxiliar registrada puede solicitar el Pago de Marcha, un apoyo único de $1,650.00 pesos, dentro de los dos bimestres siguientes al fallecimiento, presentando identificación oficial y el acta de defunción.
¿Habrá otro registro para la Pensión por Discapacidad en 2026?
El único registro nacional confirmado oficialmente para 2026 fue del 23 al 29 de marzo. Hasta el 24 de agosto de 2026 no hay un anuncio oficial de una nueva jornada de registro para lo que resta del año; esto todavía no está confirmado.