¿Quién puede cobrar el Pago de Marcha y con qué requisitos?

Solo la persona auxiliar que el beneficiario registró en vida puede cobrar el Pago de Marcha. No basta con ser familiar directo ni con tener la tarjeta: el requisito central es estar registrado como persona auxiliar.

El Pago de Marcha es un apoyo que se entrega una sola vez cuando fallece quien recibía una pensión del Bienestar. Sirve para ayudar a la familia con los gastos inmediatos. Para poder cobrarlo, se piden básicamente estos requisitos:

  • Que la persona fallecida haya sido beneficiaria de una pensión del Bienestar (Adultos Mayores, Personas con Discapacidad o Mujeres Bienestar).
  • Que exista una persona auxiliar registrada ante la Secretaría de Bienestar.
  • Avisar del fallecimiento dentro del plazo (más abajo lo vemos).
  • Presentar el acta de defunción, la identificación oficial vigente de la persona auxiliar y, por lo general, la CURP.

Este artículo se centra en los requisitos y el cobro; si quieres el panorama completo del programa (monto, plazo y el error que anula el derecho), revisa el Pago de Marcha 2026: monto, plazo y cómo tramitarlo.

¿De cuánto es el Pago de Marcha en 2026?

El monto equivale a un mes de la pensión que recibía la persona fallecida: $3,200, $1,650 o $1,550 según el programa. Se entrega por única vez.

Pensión que recibía la persona fallecidaPago de Marcha 2026
Adultos Mayores (65+)$3,200
Personas con Discapacidad$1,650
Mujeres Bienestar (60 a 64)$1,550

Como el apoyo está ligado a la pensión, su monto sube cada vez que las pensiones aumentan. Recuerda que el trámite es completamente gratuito: nadie puede cobrarte comisión ni pedirte la tarjeta o el NIP del fallecido para “agilizar” el pago.

¿Cuánto tiempo hay para solicitarlo?

Hay un plazo máximo de 2 bimestres (alrededor de cuatro meses) para avisar del fallecimiento y solicitar el Pago de Marcha. Si se deja pasar más tiempo, el derecho se puede perder.

Por eso, ante un fallecimiento, lo recomendable es llamar cuanto antes a la Línea del Bienestar para dejar constancia del aviso y preguntar los pasos exactos de tu caso. No hay que esperar a “juntar todos los papeles” para avisar: primero se reporta y luego se completa la documentación.

¿Cómo cobrar el Pago de Marcha paso a paso?

El trámite arranca con una llamada a la Línea del Bienestar: 800 639 42 64, de lunes a viernes de 8:00 a 21:00. Es gratuito y no necesitas gestores.

  1. Llama al 800 639 42 64 y reporta el fallecimiento de la persona beneficiaria. Ojo: este número es para Pago de Marcha y persona auxiliar; no lo confundas con el 800 900 2000, que es del Banco del Bienestar para asuntos de la tarjeta.
  2. Confirma que eres la persona auxiliar registrada y proporciona los datos que te pidan de la persona fallecida.
  3. Pregunta la lista exacta de documentos para tu caso. Ten a la mano el acta de defunción, tu identificación oficial vigente y tu CURP.
  4. Acude a la cita o al Módulo del Bienestar que te indiquen, con los documentos completos.
  5. Recibe el apoyo por única vez y conserva todos los comprobantes.

Una advertencia clave antes de cualquier trámite: no retires dinero de la tarjeta del fallecido. Hacerlo anula el derecho al Pago de Marcha. Lo explicamos a fondo en la guía sobre qué pasa con el dinero de la tarjeta si alguien fallece.

¿Y si no hay persona auxiliar registrada?

Si el beneficiario nunca registró a una persona auxiliar, el cobro se complica. Por eso lo mejor es registrarla en vida; si ya ocurrió el fallecimiento sin registro, llama a la Línea del Bienestar para que te indiquen qué procede.

El registro de la persona auxiliar es un trámite sencillo y gratuito que conviene hacer cuanto antes. Tienes los pasos en la guía sobre cómo registrar o cambiar la Persona Auxiliar del Bienestar. Hacerlo a tiempo le evita problemas a tu familia el día de mañana.

Preguntas frecuentes

¿Qué documentos necesito para cobrar el Pago de Marcha?

Por lo general se pide el acta de defunción de la persona beneficiaria, tu identificación oficial vigente como persona auxiliar y tu CURP. La lista exacta puede variar según el caso, así que confírmala al llamar a la Línea del Bienestar (800 639 42 64) antes de acudir a la cita o al módulo, para no ir dos veces.

¿Cuánto tiempo tengo para hacer el trámite?

El plazo máximo para avisar del fallecimiento y solicitar el apoyo es de dos bimestres, es decir, alrededor de cuatro meses. Si se deja pasar más tiempo, el derecho al Pago de Marcha se puede perder. Lo mejor es llamar al 800 639 42 64 cuanto antes para dejar constancia del aviso, aunque todavía te falten papeles.

¿El Pago de Marcha tiene algún costo o cobran comisión?

No. El Pago de Marcha es un trámite oficial y los trámites oficiales son gratuitos. Nadie puede cobrarte comisión, ni pedirte la tarjeta o el NIP del fallecido para “agilizar” el pago. Los únicos canales válidos son la Línea del Bienestar (800 639 42 64) y los módulos de la Secretaría de Bienestar; todo lo demás es fraude.

¿Puede cobrarlo cualquier familiar del beneficiario?

No. Únicamente la persona auxiliar que el beneficiario registró en vida ante la Secretaría de Bienestar puede cobrar el Pago de Marcha. Ser hijo, cónyuge o familiar cercano no es suficiente por sí solo. Si no hay persona auxiliar registrada, llama a la Línea del Bienestar (800 639 42 64) para que te indiquen qué procede en tu caso.

¿A qué teléfono llamo: 800 639 42 64 o 800 900 2000?

Para el Pago de Marcha y el registro de persona auxiliar, siempre a la Línea del Bienestar: 800 639 42 64, de lunes a viernes de 8:00 a 21:00. El 800 900 2000 es del Banco del Bienestar y solo sirve para asuntos de la tarjeta: saldo, reporte por robo o extravío y reposición.