Los requisitos pensión Bienestar cambian según el programa y, sobre todo, según la edad: la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores es para mujeres y hombres mayores de 65 años, la Pensión Mujeres Bienestar es para mujeres de 60 a 64 años, y la Pensión para Personas con Discapacidad Permanente no depende de la edad sino de un certificado de discapacidad emitido por una institución pública de salud. Todo lo demás (acta, INE, CURP, comprobante de domicilio) es prácticamente igual en los tres.
Aquí comparamos los tres programas lado a lado para que sepas, antes de salir de tu casa, en cuál te toca formarte y qué papeles llevar.
Tabla comparativa: edad y documentos por programa
| Programa | Edad | Documento que lo distingue |
|---|---|---|
| Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores | Mayores de 65 años (mujeres y hombres, cobertura universal en todo el país) | Ninguno extra: acta, identificación, CURP y comprobante de domicilio |
| Pensión Mujeres Bienestar | Mujeres de 60 a 64 años | Formato de Bienestar, que se entrega solo en los módulos y es gratuito |
| Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente | No se define por edad; el convenio marco de diciembre de 2021 buscó cubrir de 0 a 64 años | Certificado de discapacidad emitido por una institución pública de salud |
Fuente: Secretaría de Bienestar, gob.mx. Nota importante: qué estados tienen hoy cobertura universal para personas con discapacidad no está confirmado de forma oficial en las páginas consultadas.
Requisitos de la Pensión de Adultos Mayores (65 y más)
Según gob.mx, la persona solicitante debe presentar:
- Acta de nacimiento.
- Identificación oficial vigente: credencial para votar, pasaporte vigente, cartilla, cédula profesional, credencial del INAPAM o carta de identidad.
- CURP de impresión reciente.
- Comprobante de domicilio con antigüedad no mayor a seis meses (teléfono, luz, gas, agua o predial) o constancia de residencia de la autoridad local.
- Teléfono de contacto celular y de casa.
Esta pensión no contributiva fue elevada a rango constitucional con la reforma al artículo 4o. publicada en el Diario Oficial de la Federación el 8 de mayo de 2020.
Cuidado con el comprobante de domicilio: si el recibo tiene más de seis meses, no se lo reciben y tiene que regresar otro día. Revise la fecha del recibo antes de viajar al módulo, sobre todo si vive lejos.
Requisitos de la Pensión Mujeres Bienestar (60 a 64 años)
Van en original y copia:
- Acta de nacimiento.
- Identificación oficial vigente (credencial para votar, pasaporte, cédula profesional, credencial del INAPAM o carta de identidad).
- CURP de impresión reciente.
- Comprobante de domicilio no mayor a seis meses: teléfono, luz, agua o predial.
- Teléfono de contacto celular y de casa.
- Llenar el Formato de Bienestar.
El Formato de Bienestar se entrega exclusivamente en los módulos y es totalmente gratuito. Si alguien se lo quiere vender, es un fraude.
La infografía oficial de gob.mx indica que el monto de esta pensión en 2026 es de 3,100 pesos bimestrales, pagados a través de la Tarjeta Bienestar. Si quiere el detalle completo del programa, lo tenemos en Pensión Mujeres Bienestar 2026.
Cómo se fue ampliando la edad:
| Momento | Qué pasó |
|---|---|
| Octubre de 2024 | Se crea la Pensión Mujeres Bienestar |
| Enero de 2025 | Inicia el pago |
| Agosto de 2025 | Inicia el registro de mujeres de 60 a 64 años |
| Octubre de 2025 | Entrega de tarjetas |
| Noviembre de 2025 | Primer pago a las nuevas beneficiarias |
El registro empezó con mujeres de 63 y 64 años y se fue ampliando poco a poco hasta cubrir de 60 a 64. Se ha dicho en fuentes no oficiales que el programa bajaría a los 30 años: eso no está confirmado de forma oficial por la Secretaría de Bienestar federal, que solo señala el rango de 60 a 64 años.
Requisitos de la Pensión para Personas con Discapacidad Permanente
- Acta de nacimiento legible.
- Identificación oficial vigente.
- CURP de impresión reciente.
- Comprobante de domicilio no mayor a seis meses.
- Certificado de discapacidad emitido por una institución pública de salud.
- Teléfono de contacto.
Ese certificado es el requisito que distingue a esta pensión de las otras dos. En diciembre de 2021, el presidente y 22 gobernadores firmaron el convenio marco para la universalidad de la pensión y dar cobertura a las personas con discapacidad de 0 a 64 años. Puede revisar los requisitos ampliados en requisitos de la pensión por discapacidad 2026.
La persona auxiliar: quién puede serlo en cada programa
En la Pensión de Adultos Mayores, la persona adulta auxiliar presenta acta de nacimiento, identificación oficial vigente, CURP, comprobante de domicilio no mayor a seis meses y un documento que acredite el parentesco con la persona adulta mayor, conforme al Formato Único de Bienestar.
En la Pensión para Personas con Discapacidad el criterio es más amplio: puede ser un familiar mayor de edad (ascendiente o descendiente), cónyuge o concubino, tutor o responsable del cuidado, o incluso una persona designada por la derechohabiente sin parentesco alguno.
Si la persona derechohabiente fallece
En caso de fallecimiento se entrega, por única vez, a la persona auxiliar registrada el Apoyo Económico de Pago de Marcha. Se solicita presentando identificación oficial vigente y el original del acta de defunción y/o constancia médica de institución pública, dentro de los dos bimestres siguientes; si se pasa ese plazo, se pierde el derecho. El pago se emite al bimestre siguiente después de notificar el fallecimiento.
Qué no está confirmado todavía
- El monto bimestral vigente en 2026 de la Pensión de Adultos Mayores: la página oficial solo menciona la meta de 6,000 pesos bimestrales alcanzada en 2024, sin una cifra 2026 explícita.
- El monto bimestral vigente en 2026 de la Pensión para Personas con Discapacidad Permanente.
- Las fechas y el calendario de registro 2026 (módulos, letras del apellido).
- El requisito de nacionalidad o residencia y si se pueden recibir dos pensiones del Bienestar al mismo tiempo.
- El teléfono de la Línea del Bienestar.
Ninguno de esos datos aparece en las páginas oficiales consultadas, así que preferimos decirlo antes que inventar una cifra. Consulte las reglas de operación en gob.mx (Adultos Mayores) y en gob.mx (Personas con Discapacidad).
Preguntas frecuentes
¿Cómo tramitar el apoyo de 60 y más?
Si es mujer de 60 a 64 años, el trámite es la Pensión Mujeres Bienestar. Debe acudir a un módulo con acta de nacimiento, identificación oficial vigente, CURP reciente, comprobante de domicilio de menos de seis meses y sus teléfonos, en original y copia. Ahí mismo le dan el Formato de Bienestar, que es gratuito.
¿Cómo puedo registrarme para la Pensión Bienestar para personas de 65 años y más en 2026?
El registro se hace de forma presencial en los módulos de la Secretaría de Bienestar con los documentos completos. Las fechas y el calendario de registro 2026 no están confirmados de forma oficial en las páginas de gob.mx consultadas, así que conviene verificar el periodo vigente antes de trasladarse.
¿Cuáles son los requisitos para recibir la Pensión para el Bienestar de las personas adultas mayores en 2026?
Tener más de 65 años y presentar acta de nacimiento, identificación oficial vigente, CURP de impresión reciente, comprobante de domicilio con menos de seis meses de antigüedad (o constancia de residencia) y teléfono de contacto celular y de casa. El programa es universal en todo el país.
¿Qué necesito para darme de alta en el Bienestar?
Los cuatro documentos base son iguales en los tres programas: acta de nacimiento, identificación oficial vigente, CURP reciente y comprobante de domicilio de menos de seis meses. A eso se suma el Formato de Bienestar en el caso de Mujeres Bienestar y el certificado de discapacidad de institución pública en el caso de la pensión por discapacidad.
¿Puedo cobrar dos pensiones del Bienestar al mismo tiempo?
Esto no está confirmado de forma oficial en las páginas de gob.mx consultadas para este artículo. Lo que sí es claro es que al cumplir 65 años cambia el programa que corresponde por edad. Pregunte directamente en el módulo antes de dar por hecho que puede acumular dos apoyos.
¿Qué pasa si la persona beneficiaria fallece?
La persona auxiliar registrada puede solicitar, por única vez, el Apoyo Económico de Pago de Marcha. Debe presentar identificación oficial vigente y el original del acta de defunción o constancia médica de institución pública dentro de los dos bimestres siguientes al fallecimiento. Si no lo hace en ese plazo, se pierde el derecho.